Modificación de la Ley Orgánica de Protección de Datos

Modificación de la Ley Orgánica de Protección de Datos

El BOE publicó el pasado 9 de mayo una modificación de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).

Se trata, en primer lugar, de una la corrección de errores del RGPD publicada el pasado marzo en el DOCE (Diario Oficial de la Unión Europea), según la cual el apercibimiento no debe entenderse como una sanción, tal y como se consideraba en el ordenamiento jurídico español. Dicha corrección requiere, dada la aplicación directa del RGPD, modificar la LOPDGDD para configurar el apercibimiento como una medida adecuada, de naturaleza no sancionadora, incluida dentro de los poderes correctivos de las autoridades de control.

Por otra parte, la reforma tiene el objetivo de ampliar los plazos para resolver los procedimientos sancionadores, en atención al incremento y la mayor complejidad de los asuntos abordados por la Agencia. En definitiva, la modificación contempla el aumento de nueve a doce meses en la duración máxima del procedimiento sancionador, y de doce a dieciocho meses en las actuaciones previas de investigación.

Estas serían algunas de las modificaciones más relevantes de la Ley:

     ■ La creación del procedimiento de apercibimiento como un procedimiento específico, más flexible y rápido, con una duración máxima de seis meses, que va a permitir agilizar la respuesta a las reclamaciones presentadas por los ciudadanos.

    ■ La forma de realizar las actuaciones de investigación a través de sistemas digitales, para regular la opción de realizar no sólo investigaciones presenciales sino también remotas.

     ■ La posibilidad de establecer modelos de presentación de reclamaciones ante la Agencia en todos los ámbitos en los que tenga competencia, que serán de uso obligatorio para los interesados independientemente de que estén obligados o no a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Estos modelos serán publicados en el BOE y en la Sede electrónica de la AEPD, serán de obligado cumplimiento al mes de su publicación y facilitarán y simplificarán la presentación de reclamaciones.

 

Delegado de protección de datos en Córdoba. Pida cita en el teléfono 630028291 (9 a 14 y 17 a 20 L-V) o a través del correo [email protected]

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