Insultos en el ámbito de la violencia de género

Insultos en el ámbito de la violencia de género

Hoy he tenido un juicio por delito leve de vejaciones injustas en el ámbito de la violencia de género.

Las vejaciones injustas, es decir, el acto de injuriar o insultar a una persona cuando sean de carácter leve están destipificadas − se tendría que acudir a otra vía como la civil o administrativa, pero nunca a la penal −. Únicamente se mantiene la penalización de estas cuando la víctima sea o haya sido su cónyuge o persona que esté o haya estado ligada por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia o cuando, finalmente, tenga un grado de parentesco o afinidad con el autor de esas vejaciones.

Así, una misma expresión puede derivar en un juicio por delito leve si se realiza a la expareja o ser penalmente irrelevante si se vierte frente a un amigo en una discusión.

Si bien la pena por este delito leve no lleva aparejada prisión, sí puede consistir en multa, localización permanente o trabajos en beneficio de la comunidad y, en todo caso, es de destacar, que LLEVA APAREJADOS ANTECEDENTES PENALES.

Este delito requiere, además del hecho objetivo de que se ataque al honor e una persona mediante expresiones vejatorias, que las mismas se hagan con el ánimo de injuriar y, finalmente, que dicha ofensa sea “leve”. Si se puede graduar como “grave”, nos encontraríamos ante otro delito con una penalidad superior.

Como curiosidad, las vejaciones injustas sobre las que versaba el juicio de hoy se habían cometido a través de un servicio de mensajería de una popular red social, lo que conlleva la endeblez probatoria que llevan aparejados esos mensajes por el carácter fácilmente manipulables que tienen.

Soy Abogado de violencia de género en Córdoba con amplia experiencia. No dude en contactar conmigo para cualquier pregunta, asesoramiento o si necesita un Abogado experto en violencia de género para defender su conflicto.

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