Un tema sobre el que se suelen hacer muchas consultas en nuestro despacho de abogados en Córdoba es si es o no legal tener plantas de marihuana en casa. Es conocido que el Derecho no es una ciencia exacta y, de este modo, antes de dar una respuesta tajante, voy a explicar muy resumidamente en lo que consiste el delito de tráfico de drogas.
Abogado tráfico de drogas en Córdoba
Dicho delito consiste, muy a grandes rasgos, insisto, en promover o facilitar el consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas. Es decir, no se trata únicamente de vender droga, sino de tenerla para vendarla o incluso de donarla o regalarla.
Por otra parte, el consumo propio podría ser sancionado de forma administrativa si se hace fuera del ámbito doméstico.
Pero volvamos al tema de si es delito o no tener plantas de marihuana para el consumo propio.
Al respecto, la jurisprudencia ha ido depurando una serie de requisitos para poder dilucidar si las plantas que se tienen son para consumo del poseedor o están preordenadas al tráfico. Así, se menciona:
También habría que atender a unas tablas publicadas por el Instituto Nacional de Toxicología en las que se detalla la dosis de abuso habitual, la frecuencia de uso diario y la previsión entre 3 y 5 días de consumo en función del tipo de droga.
De esta forma, hay que evaluar todas estas circunstancias para entender que las plantas son para el consumo del poseedor de las mismas o, por el contrario, que están preordenadas al tráfico. Por todo ello, en caso de duda, les recomiendo que ante cualquier duda y para evitar riesgos innecesarios, nos consulten en nuestro despacho de abogados en Córdoba. Somos Abogados expertos en delitos de tráfico de drogas en Córdoba.
Expertos en Derecho penal y Abogado para delito de tráfico de drogas en Córdoba. Pida cita en el teléfono 630 028 291 (horario de 9’00 a 14’00 y 17’00 a 20’00 de lunes a viernes) o en el correo [email protected]