Consecuencias legales de abandonar tu mascota

Consecuencias legales de abandonar tu mascota

Una situación muy frecuente, por desgracia, todos los veranos es el abandono de animales domésticos por sus dueños. Pero, ¿aparte de ser reprobable moralmente, tiene alguna consecuencia penal?

Pues bien, el Código Penal recoge hasta cuatro figuras relacionadas con el maltrato animal.

La primera de ella castiga al que por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente a un animal doméstico o amansado, causándole la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su salud.

Con la última modificación del precepto se suprime el requisito del ensañamiento. Es decir, mientras que ahora se castigan las acciones que causen dolor, sufrimiento o la muerte del animal, antes, además, se requería que se hubiesen cometido con este ensañamiento (aumentando injustificadamente el sufrimiento). Esta conducta puede castigarse hasta con un año de prisión,

Hay dos conductas las califica como faltas

Por una parte, los dueños o encargados de la custodia de animales feroces o dañinos no pueden dejarlos sueltos o en condiciones de causar mal, ya que, en ese caso, pueden ser castigados con una pena de multa. Este es un tipo muy específico, ya que su autor solo puede serlo el dueño o encargado de la custodia de animales feroces o dañinos. De esta forma, se pretende evitar que estos animales así catalogados causen daños a personas. Además, se castigaría por separado la lesión o daño que se provocara. Por ejemplo, es frecuente que niños sean atacados por perros peligrosos. La tenencia de este tipo de animales se regula también administrativamente por la Ley de Animales Peligrosos, que impone una serie de obligaciones a los dueños de los perros que tengan determinado tamaño o potencia de mandíbula.

Evidentemente, si el animal se escapase accidentalmente, por ejemplo, rompiendo la cadena de sujeción, el dueño no sería penalmente responsable, pero sí que tendría que responder civilmente (es decir, pagando) los daños que se pudiesen causar por su animal.

Y por otra, se castiga también la conducta de quienes abandonen a un animal doméstico en condiciones en que pueda peligrar su vida o su integridad. En definitiva, se castigan así los tristemente habituales abandonos de animales domésticos que suelen producirse en verano. Hay que interpretarlo en el sentido de que cometen esta falta quienes dejan desamparados a un animal.

Por último, el Código Penal tiene un cajón de sastre en el que se recogerían las conductas no englobadas en el primer supuesto que hemos visto. Así, se castiga también a los que maltrataren cruelmente a los animales domésticos o a cualesquiera otros en espectáculos no autorizados legalmente sin incurrir en los supuestos previstos en el artículo 337. Como vemos, se trata para supuestos que no se puedan encuadrar en esa primera figura que hemos explicado. Hay que destacar también que contempla expresamente el supuesto de que se utilicen para “espectáculos no autorizados legalmente”.

En definitiva, el legislador intenta en la medida de lo posible concienciar a los dueños de animales de la responsabilidad que tienen frente a ellos y frente a los demás.

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