¿Qué hacer si se sufre un accidente de tráfico?

¿Qué hacer si se sufre un accidente de tráfico?

Cuando se sufre un accidente de tráfico, el mismo puede ocasionar daños materiales en el vehículo y personales en los conductores y pasajeros de los vehículos. ¿Qué hacer en este caso?

Existen dos vías. Una extrajudicial, consistente en llegar a un acuerdo amistoso con la compañía aseguradora del vehículo culpable del accidente, lo que realmente es poco frecuente, ya que las compañías se resisten a abonar ningún tipo de indemnización o, si lo hacen, pretenderán abonar una indemnización bastante pequeña.

La otra vía, mucho más efectiva, es la judicial. Dentro de la vía judicial, existen, a su vez, dos posibilidades: la reclamación por la vía civil o por la penal.

En cuanto a la vía civil, hay que destacar que existe un plazo máximo para interponer la oportuna demanda en el lugar del siniestro, que será de un año a contar desde que se produjo el accidente.

No obstante, considero más efectiva la vía penal, además de ser más rápida y económica para el justiciable. Es importante saber que, en este caso, el plazo máximo para interponer la denuncia será de seis meses desde que se produjo el accidente. Una vez que se admita a trámite, uno de los primeros pasos procesales será el reconocimiento por parte del médico forense del lesionado.

En lo que se refiere a la cuantía de la indemnización, como ya he indicado, se puede solicitar por los daños materiales sufridos en el vehículo (por lo que será fundamental poder acreditarlos y cuantificarlos) y los daños personales. Para cuantificar estos últimos existe un baremo que cuantifica la indemnización en función de le lesión sufrida.

En todo caso, es fundamental destacar que se puede elegir el letrado que desea que le asita en la reclamación de la indemnización oportuna, abogado que puede ser independiente de su compañía aseguradora.

Por último, tengo que advertir que a partir del 1 de julio con la reforma del Código Penal, entiendo que se va a producir una importante merma en los derechos de los ciudadanos en los accidentes de tráfico en los que se ocasione la muerte o lesiones por imprudencia leve, ya que el causante del accidente no tendrá responsabilidad penal, mientras que la víctima o sus herederos tendrán que acudir a la vía civil, teniendo que asumir los costes de un informe pericial (a menos que sean beneficiarios de la asistencia jurídica gratuita) y el riesgo de que le impongan las costas.

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