¿Qué es una denuncia falsa?

¿Qué es una denuncia falsa?

Mucho se está hablando sobre si hay o no denuncias falsas en el ámbito de la violencia de género. Ante todo, tengo que decir que, según las estadísticas oficiales, el porcentaje de denuncias falsas en esta materia es – y para ello basta con consultar las estadísticas oficiales del Consejo General del Poder Judicial – ínfimo.

En este artículo quiero explicar lo que es una denuncia falsa sus requisitos.

Pues bien, lo que se castiga es imputar con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad la comisión de unos hechos que, de ser ciertos, constituirían un ilícito penal (delito o delito leve), siempre que esta imputación se realice ante una autoridad que tenga la obligación de proceder a su averiguación (artículo 456 y siguientes del Código Penal).

Es decir, el primer requisito es que LA DENUNCIA TIENE QUE HACERSE CON CONOCIMIENTO DE SU FALSEDAD. Tiene que haber un dolo o intención de perjudicar con la intención de interponer esta denuncia falsa.

Otro requisito fundamental es que, para poder condenar al autor de esta imputación falsa, se debe haber dictado el archivo o sobreseimiento del delito que falazmente se ha imputado. Esto es, el juzgado debe haber alcanzado la convicción de que no hay elementos suficientes para continuar con la instrucción del procedimiento que comenzó con esa denuncia falsa.

Esto es importantísimo ya que hay que distinguir el archivo o sobreseimiento (dar por terminado el procedimiento antes de dictarse sentencia) que la libre absolución (dictar una sentencia en la que se considera inocente al acusado). Para poder castigar por el delito del art. 456 CP es imprescindible que la denuncia se haya interpuesto con ese conocimiento de la falsedad de los hechos. Así, si el procedimiento penal termina con una sentencia absolutoria, NO SE PODRÍA ENTENDER COMETIDO EL DELITO de denuncia falsa.

Por otra parte, esta imputación falsaria se tiene que realizar ante la autoridad que deba investigar los hechos, es decir, ante la autoridad judicial o policial. Si esas imputaciones se realizan ante otras personas, podría tratarse de otro delito como el de calumnias, pero no del de denuncia falsa que estoy tratando.

Este delito se castigaría con mayor o menor pena en función del delito que se impute.

Así y para terminar, las denuncias falsas en el ámbito de la violencia de género serían aquellas (en principio, y según tanto mi experiencia como las estadísticas oficiales antes comentadas, mínimas) que requieren que dicha denuncia interpuesta con ánimo falsario sea archivada por entender que no hay indicios de la comisión de delito alguno.

Soy Emilio Rioja, Abogado en Córdoba con más de 14 años de ejercicio. Solicite asistencia o asesoramiento por cualquier de las vías de contacto disponibles.

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